¿Qué ocurre si no se votó en las PASO?

Los electores que no se presentaron a sufragar el domingo 13 de agosto y no justifiquen ante la Justicia Nacional Electoral el motivo de su ausencia en un plazo de 60 días, deberán abonar una multa de 50 pesos.

En ningún caso el no haber votado en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), con o sin justificación, impide a un ciudadano hacerlo en las elecciones generales del 23 de octubre.

Si no ejercieron su derecho cívico deben ingresar a la página de la Cámara Electoral, consultar el Registro de Infractores y completar un formulario. Si no lo hacen les cobrarán una multa de 50 pesos por las Primarias y; de 100 pesos por las generales.

Una vez en el sitio se les pedirá que adjunten un archivo, en formato PDF, donde explique los motivos de la inasistencia. Y, podrán imprimir la correspondiente boleta de pago, que se saldará en el Banco de la Nación Argentina o con tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual.

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